JurídicoESEN
Order (Auto)December 5, 2023

A- de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Juan Carlos Cortés González

✓Claimant Arteaga Crawford Consuelo Del Socorro·Respondent Administradora De Pensiones Y Cesantias Porvenir Sa Y Otro

✓
Topic · hard data
Proceso Sobre Nulidad O Ineficacia Del Traslado Pensional Al Régimen De Ahorro Individual Con Solidaridad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Procesos sobre nulidad o ineficacia del traslado pensional al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones, suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de Montería y el Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La causa que suscita la controversia se debe a demanda ordinaria laboral presentada por una ciudadana, en contra del Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., del Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A., de Colfondos S.A.

Pensiones y Cesantías y de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), con el propósito de que se declare la nulidad o ineficacia del traslado que realizó del régimen pensional de prima media con prestación definida al régimen de ahorro individual.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena resuelve el conflicto y decide que La jurisdicción ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, es la competente para conocer las controversias sobre nulidad o ineficacia de afiliaciones o traslados al régimen pensional de ahorro individual con solidaridad RAIS, por cuanto en ese caso la administración de dicho régimen corresponde a una persona jurídica de derecho privado.

En esa medida, el asunto no cumple con uno de los requisitos establecidos por el artículo 104.4 de la Ley 1437 de 2011 a efectos de asignar el conocimiento al juez de lo contencioso administrativo.

En consecuencia, ha de aplicarse la cláusula general o residual de competencia, prevista en los artículos 12 de la Ley 270 de 1996 y 2.4 de la Ley 712 de 2001.

Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente al Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado Séptimo Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el presente conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones y, en consecuencia, DECLARAR que corresponde al Juzgado
  2. Cuarto. Laboral del Circuito de Montería conocer de la demanda presentada por Consuelo del Socorro Arteaga Crawford contra el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir S.A., el Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A., Colfondos S.A. Pensiones y Cesantías y la Administradora Colombiana de Pensiones -Colpensiones-.
  3. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-4414 al Juzgado
  4. Cuarto. Laboral del Circuito de Montería para lo de su competencia y para que comunique la presente providencia al Juzgado
  5. Séptimo. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

Cites0
It cites no recorded decisions.
Cited by0
No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.